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Jesús, el único camino

Jesús, el único camino

Marichuy Castillo

“Pues a sus Ángeles mandará acerca de ti, que te guarden en todos tus caminos (salmo 121:8)

México es un País de Leyes, ejemplo a nivel internacional de la cantidad que de estos documentos tenemos en sin duda, éste País, una de ellas es la de Movilidad, ahí se establecen las bases y directrices para planear, regular, supervisar, evaluar y gestionar la movilidad de las personas, bienes y mercancías, garantizando las condiciones y derechos humanos necesarios para un desplazamiento efectivo, seguro, igualitario, eficiente y disponibles.

Para la aplicación interpretación y efectos de esta les, se entenderá en sus sesenta y dos párrafos del artículo uno, todo loque se relacionada con los espacios públicos, señalamientos viales, registros públicos y privados, etc, el transporte en especial el del servicio público, merece especial atención por tratarse de los vehículos utilizados por la ciudadanía para trasladarse de un lugar a otro.

Dice en su artículo 5, que la Secretaría de Movilidad definirá las políticas públicas y lineamientos para el otorgamiento a personas físicas y/o jurídicas colectivas, de concesiones, y autorizaciones para la prestación del servicio público y privado, de los servicios auxiliares y demás elementos coadyuvantes e inherentes a la prestación del servicio del transporte público conforme a lo dispuesto por ese ordenamiento y demás normatividad aplicable.

Artículo 7, en sus ocho fracciones establece claramente la calidad de igualdad, innovación tecnológica, multimodalidad, perspectiva de género -así vemos a mujeres taxistas pocas, pero aún así no hay la tan ansiada igualdad de género, pero ahí vamos-, de los taxis rosa ( esa, esa será otra historia). De los Derechos Humanos, se considera el respeto irrestricto de estos en toda acción ejecutada así como el diseño de las políticas públicas, el respeto a trasladar a las personas con capacidades diferentes, así se les dice ahora a quienes de alguna manera de nacimiento o a raíz de un accidente no tienen todas las partes de su cuerpo o sus movimientos “normales”.

De los Derechos y obligaciones de todos los que transitan por las vías públicas a pie o en un vehículo, si bien es cierto que el responsable en un accidente, siempre resulta ser el conductor de un automotor, pero también es verdad que por la imprudencia de un peatón, señala el reglamento podría cobrársele daños y perjuicios, (cosa que muy rara vez sucede) así pues quienes manejen un auto de dos o cuatro o más ruedas están obligados a cumplir las disposiciones de esta ley, acatando los señalamientos viales, e indicaciones que al efecto realicen los agentes de tránsito, estatales o municipales, cuando dirijan el tráfico según el ámbito de su competencia, Y como dijo Raúl Velazco, aún hay más, solo es cosa de leer esta Ley y todos estaríamos muy bien.

Por eso no es de extrañar que un conocer de las leyes, en toda la extensión de la palabra, lo sea el responsable de Movilidad, el abogado Narciso Oropeza Andrade, que habla sobre la modernización del transporte público desde las unidades prestadores del servicio, hasta el trato, presentación de los conductores, y quién no acate las reglas, se atendrá a las sanciones y hasta la posibilidad del retiro de las concesiones en sus diversas modalidades, claro que también sabe del incremento al pasaje que podría ir de uno hasta un peso con cincuenta centavos.

De testigos.- ¡¡Dale la máxima, mi k uno, cuiden su portable, ya voy a mi 8, le voy a la 5, la 12 no cobro hay consejo técnico, por la 11 dejé pasaje ¡¡es parte del lenguaje de los conductores de taxis, ahí se las dejo.