var _gaq = _gaq || []; _gaq.push(['_setAccount', 'UA-38838256-1']); _gaq.push(['_trackPageview']); (function() { var ga = document.createElement('script'); ga.type = 'text/javascript'; ga.async = true; ga.src = ('https:' == document.location.protocol ? 'https://ssl' : 'http://www') + '.google-analytics.com/ga.js'; var s = document.getElementsByTagName('script')[0]; s.parentNode.insertBefore(ga, s); })();
‘Perseguir de oficio robo de vehículos’

‘Perseguir de oficio robo de vehículos’

El diputado local del PRD, Juan Manuel Fócil Pérez, propuso una iniciativa de reforma, derogación y adición a diversos ordenamientos del Código Penal del Estado para que la Fiscalía General del Estado, persiga de oficio y no por querella, el robo de vehículos.

Ante el pleno, expresó que desde hace tiempo, la inseguridad en el país es uno de los problemas más preocupantes para los mexicanos, como nunca antes, esta problemática ha trastocado la vida cotidiana, al igual que el desempleo y la corrupción.

En ese sentido, indicó que la sociedad mexicana percibe un clima de inseguridad en todos los ámbitos de su vida. Datos de la última encuesta de seguridad pública urbana 2017, del INEGI arrojan que el 74.9 por ciento de la población mayor de 18 años se siente insegura en su ciudad. El 68.7 por ciento de la población considera como uno de los principales problemas el robo, extorsión, secuestro y fraude. Tabasco no es la excepción.

Con este escenario –expresó- será difícil que las circunstancias del estado cambien si no nos ponemos a trabajar, empecemos por tomar decisiones que den un nuevo rumbo a Tabasco y se inicie la cultura de la honestidad y el respeto al derecho de los demás en los hogares.

Ante ello, Focil Pérez señaló que el robo de vehículos es uno de los delitos que más afecta a los  tabasqueños, no sólo el total sino el parcial, es decir cuando el robo es solamente de autopartes o accesorios, que se ha venido incrementando de manera preocupante.

Expuso que el robo de vehículos, es un delito que se persigue por querella y no de oficio, en contraposición lo que ocurre en otras entidades federativas como por ejemplo Puebla, Estado de México y Ciudad de México, por mencionar algunas entidades.

Eso –indicó- ha permitido perseguirse el delito de robo de vehículos de oficio en todas sus modalidades, una mejor línea de actuación por parte de las autoridades policiales en la persecución del mismo. Los delitos que se persiguen por querella debe haber un quejoso que levante la denuncia para que el delito sea perseguido.

La presente iniciativa –precisó- tiene el propósito de modificar el status de persecución del robo de vehículos para que este se persiga por oficio, así como incrementar las penas que actualmente contempla el Código Penal del Estado, cuando este se cometa con violencia, pues siendo que un delito de tanta incidencia y que impacta tanto a la sociedad su persecución diera ser de oficio, y no estar sujeto al requisito de  procedimiento de la querella, que implica que si la víctima no acude a querellarse simplemente no se investiga.

El legislador local, dijo que la iniciativa contempla reformas, derogación y adición de diversas disposiciones del Código Penal  del Estado, que incluye, el artículo 15 Bis para que el robo de vehículos descrito en el artículo 179 fracción V de dicho ordenamiento, así como todas sus modalidades enumeradas en las fracciones 179 Bis, sean quitados de la lista de aquellos que hasta este momento se describe como querellas sean considerados de oficio.

Con estas reformas -añadió- se aumentará la penalidad corporal; si el robo se hace con violencia se incrementarán de uno a tres años de presión; quienes utilicen placas de vehículos robados se le impondrá sanciones; y se equiparará el robo de vehículos, y se sancionará con pena de dos a ocho años de presión  venda, suministre o trafique con vehículos, destruya parcial o  total, venda, suministre y trafique parte o partes de algún o algunos vehículos.

Para concluir consideró que aquellos servidores públicos que participen en actos de corrupción, será sancionado y se le inhabilitara para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión públicos por el periodo igual a la pena de prisión impuesta.