{"id":302809,"date":"2017-06-19T00:02:42","date_gmt":"2017-06-19T05:02:42","guid":{"rendered":"http:\/\/diarioavancetabasco.com\/?p=302809"},"modified":"2017-06-19T00:02:46","modified_gmt":"2017-06-19T05:02:46","slug":"avala-la-opacidad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diarioavancetabasco.com\/?p=302809","title":{"rendered":"Avala la opacidad"},"content":{"rendered":"<p>Por: Felipa Nery<\/p>\n<p><!--\np.p1 {margin: 0.0px 0.0px 0.0px 0.0px; line-height: 10.0px; font: 52.0px Helvetica}\np.p2 {margin: 0.0px 0.0px 0.0px 0.0px; line-height: 10.0px; font: 10.0px Helvetica}\n-->La semana pasada la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n, emiti\u00f3 dos resoluciones que mucho tienen que ver con el respeto y cumplimiento que deben tener los servidores p\u00fablicos de los ordenamientos normativos que rigen la vida de este pa\u00eds. El primero, se trata de la declaratoria de validez que hizo de algunos art\u00edculos relacionados con la Ley General de Responsabilidades Administrativas (mejor conocida como Ley 3 de 3),\u00a0 mismos que fueron impugnados por los partidos Acci\u00f3n Nacional de la Revoluci\u00f3n Democr\u00e1tica y Movimiento Ciudadano, quienes promovieron una acci\u00f3n de inconstitucionalidad, por considerar que se violaban los principios de transparencia para combatir con certeza la corrupci\u00f3n, al no obligar a los servidores p\u00fablicos a hacer p\u00fablica su declaraci\u00f3n patrimonial, la Corte resolvi\u00f3 que los datos personales de funcionarios p\u00fablicos, entre los que est\u00e1n incluidos los mismos ministros de la Corte, que anualmente obtienen sueldos con prestaciones superiores a los cuatro millones de pesos, no se podr\u00e1n publicar en su declaraci\u00f3n patrimonial, fiscal y de conflicto de inter\u00e9s; ser\u00e1n los servidores p\u00fablicos, los que decidir\u00e1n si hacen p\u00fablicas o no sus declaraciones; sin duda que esta resoluci\u00f3n de la SCJN, en vez de abonar al combate a la corrupci\u00f3n, lo alienta, porque permite la opacidad y la falta de transparencia en relaci\u00f3n a la posibilidad de conocer con qu\u00e9 patrimonio entran y con qu\u00e9 patrimonio salen los funcionarios de la administraci\u00f3n p\u00fablica. Otra resoluci\u00f3n, que emiti\u00f3 la Suprema Corte, que sin duda, esta s\u00ed fue muy positiva, es la que orden\u00f3 detener al ex alcalde perredista de Nacajuca, Pedro Landero L\u00f3pez quien a pesar de existir resoluciones judiciales, se neg\u00f3 durante su administraci\u00f3n a pagar laudos de ex trabajadores, la orden de encarcelaci\u00f3n incluye a los diez regidores m\u00e1s que le acompa\u00f1aron en el cabildo, porque no hicieron nada para tratar de cumplir la orden judicial. Este precedente de la Suprema Corte debe servir a los dem\u00e1s alcaldes y funcionarios p\u00fablicos para buscar la forma de pagar los laudos que tienen pendiente, por ejemplo el actual alcalde de ese mismo municipio, Francisco L\u00f3pez, ya solicit\u00f3 al Congreso del Estado una autorizaci\u00f3n para un empr\u00e9stito con el que pagar\u00eda los laudos que tiene pendiente el Ayuntamiento; pero adem\u00e1s, los funcionarios p\u00fablicos, incluidos los presidentes municipales, deben dejar de atropellar los derechos de los trabajadores, porque cada vez que hay cambio de administraci\u00f3n, en el municipio, o en el Estado, los servidores p\u00fablicos despiden a los trabajadores que tienen no s\u00f3lo la experiencia en el cargo que desempe\u00f1an, sino que tambi\u00e9n tienen derechos labores, mismos que no les son reconocidos al darles de baja, por lo que no les queda de otra, m\u00e1s que demandar sus indemnizaciones correspondientes. Las resoluciones de la Suprema Corte, tienen que servir para que este pa\u00eds vaya cambiando y deje de ser una agencia de colocaciones de personas ineptas e ineficaces, que llegan s\u00f3lo porque les ayudaron en la campa\u00f1a a conseguir los votos, pero que no tienen capacidad para desempe\u00f1ar los cargos, por eso convierten la administraci\u00f3n p\u00fablica en un caos, por tanta gente ineficiente que solo llegan para cobrar un sueldo y tienen que contratar a otras personas para que hagan el trabajo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por: Felipa Nery La semana pasada la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n, emiti\u00f3 dos resoluciones que mucho tienen que ver con el respeto y cumplimiento que deben tener los servidores p\u00fablicos de los ordenamientos normativos que rigen la vida de este pa\u00eds. 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