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Revocan sentencia del TET

Felipa Nery

Confirma Sala Xalapa, elección de Gerardo Gaudiano Rovirosa y anula elección de diputado en Huimanguillo

La Sala Regional Xalapa revocó ayer la sentencia del Tribunal Electoral de Tabasco que había anulado la elección del candidato del Partido de la Revolución Democrática, Gerardo Gaudiano Rovirosa, por no encontrar los elementos suficientes probatorios para revertir su triunfo que tuvo una diferencia mayor a los 12 mil votos, con respecto al segundo lugar, del candidato del Partido Revolucionario Institucional, Evaristo Hernández Cruz. Asimismo, la Sala Xalapa anuló la elección del diputado local del distrito XVI de Huimanguillo, triunfo que se le había asignado al candidato del Partido de la Revolución Democrática, debido a que el consejo distrital del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana, no realizó el cómputo de la votación y realizó un recuento de votos, sin antes haber cumplido con lo que señala la ley, de realizar el cómputo de la votación;  por lo que se ordenó al Instituto Electoral de Tabasco realizar de manera inmediata la elección extraordinaria y dar vista a la fiscalía electoral, para determinar si hubo responsabilidad de los funcionarios electorales, al no realizar el cómputo de la elección; también revocó dos triunfos de candidatas a diputadas plurinominales, del Partido Revolucionario Institucional, Gloria Herrera, y del Partido Verde Ecologista, Hilda Santos Padrón, por lo que de no realizarse la elección extraordinaria en este mismo año, al iniciar en enero sus funciones la próxima legislatura, iniciará con 32, de los 35 diputados, le faltarían tres, dos plurinominales y el del distrito XVI de Huimanguillo.  La designación de los diputados plurinominales que fueron anulados, estará sujeta al resultado de la elección del distrito XVI de Huimanguillo, pero si el PRI gana la elección de mayoría, perdería el diputado de representación proporcional; en tanto que si el PRD  gana la elección, el PRI retendría la diputación de representación proporcional, aunque también cualquier otro partido político pudiera ganar esa elección. En lo que respecta a la anulación de la elección de presidente municipal de Centro que había hecho el Tribunal Electoral de Tabasco, la Sala Xalapa no le dió valor probatorio suficiente a los videos en los que se basó el TET para tal determinación y en relación a las pruebas que presentaron el PRI y el Verde, para robustecer la anulación que había hecho del TET, la Sala Xalapa las desechó, porque no fueron presentadas en su momento en la litis en el TET, como fueron los señalamientos en contra de Ovidio Chable, Manuel Ordoñez y Juan José Martínez; la Sala Xalapa desechó la anulación del TET, porque según argumentó, lo asentado en el acta de la sesión del cómputo electoral, dista mucho de lo que se aprecia en el video, que la Sala Xalapa no consideró como prueba que permitiera reforzar la anulación; en relación a las 27 casillas que anuló el TET, la Sala Xalapa consideró indebida esta anulación, porque si bien las personas que se designaron como representantes de casilla no eran del lugar, sí aparecían en el listado nominal. La Sala Xalapa consideró que para anular una elección donde se tuvo la participación de más de 181 mil ciudadanos debió ser lo suficientemente pulcro, sólido y consistente, para cambiar la voluntad de los ciudadanos y reiteraron los magistrados, que el video lejos de reforzar irregularidades supuestamente graves, el video demuestra lo contrario en esta elección que tuvo una diferencia de 6 puntos porcentuales.


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