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¿Porqué no hacen nada?

Por: Felipa Nery

A principios de este mes, la presidenta del Instituto Estatal de las Mujeres, Leticia del Carmen Romero reconoció que iban ya 22 feminicidios y se pronunció a favor de que se emita la alerta de género, sin embargo, no se ha hecho nada al respecto, el vicefiscal de derechos humanos y atención a víctimas, Juan Sibaja Contreras, informó que corresponde tomar la decisión a la Comisión Estatal de Derechos Humanos, “nosotros hemos rendido el informe correspondiente a la Comisión Estatal de Derechos Humanos porque es la encargada de dictaminar si es procedente o no y parece que a pesar del incremento que tuvimos nosotros, no están dadas las condiciones para declarar la alerta de género como sucedió en el Estado de México que tienen muchísimos y es sistemático el ataque hacia las mujeres”, explicó el funcionario. Desde julio del 2013, el gobierno estatal instaló  una mesa interinstitucional de atención a la violencia contra las mujeres y feminicidios, “con el propósito de encarar ese flagelo que pone en riesgo el principio de equidad de género”, según dijo el secretario de gobierno, Raúl Ojeda en ese momento, sin embargo la ola delictiva en contra de las mujeres ha ido en aumento, sin que veamos acciones de ninguna instancia gubernamental para tratar de contrarrestar este flagelo; todavía el pasado miércoles nos enteramos del asesinato de una joven mujer y su niña de tres años de edad en una colonia de Villahermosa; lo primero que salió a decir la Fiscalía sobre este caso, es que “todo indica que el hecho podría ser pasional”. Efectivamente, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia establece la declaratoria de alerta de violencia de género, como un conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado, ya sea ejercida por individuos o por la comunidad y tendrá como objetivo fundamental, garantizar la seguridad de las mismas, el cese de la violencia en su contra,  eliminar las desigualdades, pero establece también, que los organismos de derechos humanos, a nivel nacional o de las entidades federativas, los organismos de la sociedad civil y/o los organismos internacionales, así lo soliciten. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha dicho que el Estado tiene la obligación de adoptar las medidas necesarias para hacer efectivos los derechos que establece el artículo dos de la Convención Americana y también el dos de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, que el estado  tiene la obligación de proteger jurídicamente los derechos de la mujer, sobre una base de igualdad y garantizar su protección efectiva contra todo acto de discriminación, y además les ha señalado con qué criterios se deben investigar los delitos de feminicidio, por supuesto, sin justificar a priori, que se trata de homicidio pasional, porque aunque pueda ser pasional, también puede encuadrar el feminicidio. ¿Nuestra pregunta entonces es ¿cuántos feminicidios más tienen que ocurrir para que se pueda solicitar la alerta de género?, si el vicefiscal Sibaja dice que no son tantos, como en el Estado de México.


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