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Promover acción de inconstitucionalidad

Promover acción de inconstitucionalidad

Felipa Nery

Los relatores especiales de la Organización de las Naciones Unidas, sobre libertad de expresión, David Kaye; sobre derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación, Clement Nyaletsossi Voule, y sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, Michel Forts, enviaron una carta al presidente Andrés Manuel López Obrador, en la que le solicitan interponer una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra la llamada “ley garrote en Tabasco”, y en caso de que no exista voluntad para presentar ese recurso, explicar cómo propone garantizar que esa ley no se aplicará en violación de los derechos humanos. En la misiva le expresan al mandatario su preocupación por las reformas al código penal de Tabasco, consideran excesivos los cambios, sus consecuencias y la limitación al disfrute de derechos y advierten que puede tener un efecto negativo en quienes defiendan sus derechos, en particular los habitantes de comunidades indígenas afectadas por megaproyectos; cuestionaron el escaso debate y la falta de consulta previa; recordaron además, que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos ratificado por México estipula las causales legítimas para restringir los derechos: la protección de la seguridad nacional, el orden público, la salud pública o la moral y la reputación. Tienen razón los expertos en sus preocupaciones por posibles violaciones a derechos, en especial, de habitantes de comunidades indígenas, pero este artículo 308 bis, reformado, no podría aplicársele a indígenas, ni a ninguna otra persona que protestara por un derecho, si no extorsiona, coerciona, o intente imponer o imponga cuotas, para permitir el libre tránsito. Se ha aclarado ya tanto por el Congreso del Estado que aprobó esta reforma, como por el mismo jefe del Ejecutivo estatal, que promovió la iniciativa, que la misma está dirigida en contra de aquellos líderes sindicales que habían encontrado su modus vivendi, a través de la extorsión, no sólo a PEMEX, sino a empresas que trabajaban para PEMEX, o cualquier otra empresa que pretendiera asentarse, para permitirles el paso y trabajar. Incluso, constructores de Tabasco se han quejado que los mismos presidentes municipales les exigen cuotas para pasar por las calles principales de los municipios, a los que sí se les podría aplicar, porque no se le puede condicionar el libre tránsito a camiones o vehículos que circulan con su documentación en regla. El artículo 22 de la Constitución Mexicana señala que “Toda pena deberá ser proporcional al delito que sancione y al bien jurídico afectado”. En Tabasco desde hace muchos años que se empezó a realizar esta práctica de pedir cuotas a las empresas para permitirles trabajar, se provocó que muchas empresas que tenían intención de invertir aquí no lo hicieran y otras que ya estaban asentadas, se fueron de aquí, precisamente por los chantajes y presiones de los líderes sindicales que más que defender los derechos de los trabajadores, encontraron en estas prácticas corruptas, su modus vivendi, sin dar golpe. Así es que el bien jurídico protegido de esta reforma, es la libertad de trabajo de las empresas, tan necesario en Tabasco, porque somos primer lugar en desempleo a nivel nacional.


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