El Colegio de Abogados Tabasqueños, fijó una postura en torno a la determinación de la jueza de cuarto de distrito con lo que se produjo la sentencia de amparo para que las empresas de grúa particulares no condicionen sin fundamento legal la devolución de un vehículo.
En voz de su integrante Sergio Antonio Reyes indicó que la jueza de distrito Dora cristal Olivares Muñoz amparó a un ciudadano al considerar que las acciones de las grúas particulares al momento de recoger un vehículo son ilegales.
“En el Estado de Tabasco es cotidiano que personas se han involucradas en delitos que a la postre son ficticios o ajenos y que les causa molestias indebidas uno de los de mayor incidencia en ese sentido es el presunto reporte de robos de vehículos en los que las policías preventivas o municipales de caminos o en retenes despojan a los ciudadanos de sus vehículos y con grúas particulares son trasladados a depósitos de las empresas concesionarias del servicio”, añadió.
En el caso del amparo el ciudadano acreditó la propiedad del vehículo.