DIVISIÓN.- Los consejeros electorales no lograron consensuar de manera unanime para sacar de nuevo a Armando Xavier Maldonado de la secretaría Ejecutiva del IEPCT. Hubo empate en los votos.
TENDRÁN QUE VIVIR CON LA PRESENCIA DE ARMANDO XAVIER MALDONADO AL DARSE UN EMPATE ENTRE LOS SEIS EN EL PROYECTO DEL ACUERDO DE REMOCIÓN DEL CARGO DEL SECRETARIO EJECUTIVO; LOS QUE VOTARON EN CONTRA DE QUE SE FUERA, HÉCTOR AGUILAR, JORGE MONTAÑO Y GUSTAVO RODRÍGUEZ CASTRO, EL MISMO QUE LO CORRIÓ LA VEZ PASADA; CON ELLO NO SE LOGRAN LAS DOS TERCERAS PARTES NECESARIAS PARA QUE SUFRIERA EFECTO LA REMOCIÓN
LUIS MIGUEL MALDONADO
AVANCE
Al no lograrse las dos terceras partes de la votación de los consejeros que integran el Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) y al darse un empate entre los 6 consejeros, no se aprobó el proyecto del acuerdo de remoción del cargo del secretario ejecutivo Armando Xavier Maldonado Acosta, que había propuesto el consejero presidente provisional Rosendo Gómez Piedra.
En sesión extraordinaria realizada el mediodía de este miércoles, la votación se dividió con tres votos a favor y tres en contra y dada la naturaleza del cargo, se tendría que dar la aprobación a dicho proyecto de acuerdo, por mayoría calificada y por ende, no procedía el voto de calidad del consejero presidente, por lo cual este no fue aprobado, lo que permitió la permanencia de Armando Xavier Maldonado Acosta en la secretaría ejecutiva del órgano electoral.
Los consejeros que votaron a favor del proyecto fueron el propio consejero presidente Rosendo Gómez Piedra, Elide Moreno Cáliz y Antonio Ponce López y en contra votaron Héctor Aguilar Alvarado, Jorge Montaño Ventura y Gustavo Rodríguez Castro, causando el voto de este, una extrañeza de los asistentes a dicha sesión, puesto que fue este quien en su oportunidad, lo había despedido y ahora votaba para que no se fuera.
Desde el inicio de la sesión extraordinaria, el representante de PRI Martin Darío Cázares Vázquez, dijo que de entrada dicho proyecto de acuerdo, tenía un error, porque remoción quería decir ponerlo en otro lado y por ello, se preguntó dónde pondrían a este, ya que la Ley Electoral, solo contemplaba la suspensión, la destitución o la inhabilitación al puesto, además de que el consejo no cuenta con las atribuciones para destituirlo.
Y señaló además que de acuerdo al artículo 354 de la propia Ley Electoral, establece que tratándose del secretario ejecutivo y de los directores para la aplicación de sanciones, el contralor general presentará ante el consejo estatal el expediente respectivo a fin de que resuelva sobre la procedencia de la sanción y por ello dijo, no se puede tomar como legal, un acto que de manera unilateral, se quiere llevar a cabo sin haber tenido un procedimiento administrativo.
En entrevista se le pregunto al consejero presidente Rosendo Gómez Piedra, si esta situación era un revés, para él, a lo que respondió que era un revés institucional, sin embargo dijo, que de parte de la contraloría interna, se le están siguiendo otros procedimientos a Armando Xavier Maldonado y en su momento también se discutirán y que la pérdida de confianza que el argumento en el proyecto presentado, se basaba en 14 copias certificadas de resoluciones donde el Tribunal Electoral del Estado de Tabasco, le notificaba al secretario ejecutivo, que no actuaba conforme a derecho, además de otras documentaciones, que respaldaban otras presuntas faltas.