Los conductores de vehículos que transiten por caminos y puentes federales sin un seguro que garantice cobertura por daños a terceros serán multados con un equivalente de 20 a 40 salarios mínimos.
AGENCIA
REDACCIÓN
CIUDAD DE MÉX; 21 DE MAY.- Los conductores de vehículos que circulen por caminos y puentes federales sin un seguro que garantice cobertura por daños a terceros serán multados con un equivalente de 20 a 40 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal.
Lo anterior, como parte de un decreto dado a conocer por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que prevé cambios y adiciones a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
Para la entrada en vigor de estas modificaciones, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), con opinión de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), deberá publicar las disposiciones administrativas que fijen los términos del contrato de seguro que garantice a terceros el pago de daños ocasionados por estos vehículos en sus bienes y personas.
En el decreto, la dependencia establece que la Secretaría de Gobernación, a través de la Policía Federal, será la encargada de aplicar la sanción.
Detalla, el propietario del vehículo tendrá 45 días naturales para contratar una póliza de seguro, misma que al presentarla ante la autoridad recaudatoria durante el término anterior, le será cancelada la infracción.