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Llama SCJN a la tolerancia para construir un México plural

Llama SCJN a la tolerancia para construir un México plural

Un llamado a la tolerancia para continuar construyendo el país plural que somos, hizo el especialista José Manuel Ruiz Ramírez, al presentar el Protocolo de actuación para el acceso a la justicia en casos que involucran la orientación sexual o la identidad de género, a los miembros de la Judicatura tabasqueña, como parte del esfuerzo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para incrementar el acervo jurídico.

El asesor de la Dirección General de Estudios, Promoción y Desarrollo de los Derechos Humanos del alto tribunal llamó a los juzgadores tabasqueños a no temer  a estos temas, que pueden parecer muy complejos, pero los especialistas del Derecho tiene todas las capacidades para abordarlos, adentrarse en su estudios y acercarse a las herramientas que ha diseñado la Suprema Corte para entenderlos.

José Manuel Ruiz  hizo un exhorto a los juzgadores para resolver cada caso concreto conforme a lo que establece la Constitución mexicana, que desde 2011 fue reformada para ampliar la protección de estos derechos, y les recomendó tengan en cuenta los principios de Yogyakarta, Indonesia, sobre la aplicación de la legislación internacional.

de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género.

En compañía de la directora de la Casa de Cultura Jurídica de la SCJN en Tabasco, Irma Wade Trujillo el especialista en Derecho, egresado del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), refirió que mucho se ha avanzado en el reconocimiento y protección de los derechos de las personas a la igualdad y a la no discriminación.

Ante jueces, magistrados del Tribunal Superior de Justicia y consejeros de la Judicatura, el especialista señaló que de acuerdo a su experiencia en charlas con juzgadores del país el discurso de género se está generalizando, aunque el reto sigue siendo aterrizarlo en la práctica diaria, en la labor jurisdiccional, de ahí la iniciativa de la SCJN para elaborar este protocolo, como ocurrió con los protocolos para auxiliar a los juzgadores en casos que involucren migrantes, indígenas y niños y adolescentes.

Se han estudiado mucho la teoría, la historia, pero se debe continuar la capacitación práctica para saber cómo se debe considerar la perspectiva de género en un acuerdo de admisión de una demanda, en la decisión de medidas cautelares, en el análisis de pruebas o en el dictado de las sentencias, aseveró.

Por esta razón, explicó, el alto tribunal mexicano formuló este protocolo para facilitar la labor de los impartidores de justicia. “Creo que sí hemos avanzado bastante en la materia, pero el problema es que el reto es muy, muy grande que tiene que ver con una cuestión cultural”.

Los roles de género, lo que consideramos masculino y femenino, y entender la orientación sexual, está dado por muchos prejuicios, está relacionado con muchos estereotipos de lo que hemos entendido históricamente qué es ser hombre y ser mujer, dijo.

Y apuntó:

Lo que hacemos en la capacitación es deconstruir esos estereotipos y explicar cuáles han afectado en el ejercicio de los derechos de las personas. Esto no es un ejercicio ocioso o académico. Lo hacemos porque tenemos la obligación constitucional de proteger los derechos de las personas, los cuales se pueden ver vulnerados en su ejercicio vinculados con una cuestión de género o su orientación sexual.

Ruiz Ramírez, quien colaboró con la ministra Olga Sánchez Cordero de García Villegas, explicó que antes de la reforma constitucional en materia de derechos humanos la SCJN ya se había pronunciado en dos casos sobre estos temas. Uno fue el amparo directo en materia civil 06/2008, que el pleno de la Corte resolvió un año después, mediante el cual se reconoció el concepto de identidad de género y libre desarrollo de la personalidad.

Este caso fue presentado por una persona transgénero que solicitó la rectificación de su acta de nacimiento y que se le emitieran copias certificadas sin que obrara la anotación al margen del acta, que es como se hace este tipo de cambios de identidad.

Relató que la Corte determinó que la gente no debía conocer del cambio de identidad, sobre todo por los prejuicios a los que estaría expuesta esta  persona, por lo cual el alto tribunal resolvió que debían expedirse las copias del acta de nacimiento sin anotación al margen para respetar los derechos a la identidad y a la privacidad. Pero en el archivo original esta anotación al margen sí constaría.

También se presentó la acción de inconstitucionalidad 02/2010, mediante la cual la Corte reconoció la validez de las reformas al Código Civil del Distrito Federal respecto al matrimonio entre personas del mismo sexo. Refirió que este también fue un caso anterior a la reforma constitucional en materia de derechos humanos y en él los ministros analizaron a profundidad los conceptos de familia, de igualdad y derecho a la no discriminación, para entender que los cambios que se habían hecho bajo la administración de Marcelo Ebrard Casaubón protegían los derechos de las personas, pese a la reticencia de la Procuraduría General de la República (PGR),

Este caso, agregó, además de demostrar los avances que pueden lograrse en la defensa de los derechos de las minorías desde las legislaturas locales, reveló el conflicto entre la Federación y los estados, para entender los derechos desde el federalismo, porque muchas veces es más fácil hacer los cambios desde lo local y posteriormente impactar en la Federación.

Respeto al libre desarrollo de personalidad

El especialista indicó que en el tema de la identidad de género –es decir, la vivencia interna e individual del género, tal como cada persona la siente, lo que podría corresponder o no con el sexo asignado al nacer–, lo importante es entender que el respeto al libre desarrollo de la personalidad y los derechos a la igualdad y a la no discriminación deben ser la pauta frente a la cual nos conduzcamos ante la diferencia.

La regla es que uno debe respetar todas las identidades de género            –algunas de ellas son hombre o mujer, también conocidos como cisgénero; agénero, esto es, la persona que no se identifica como hombre o mujer; mujer u hombre transgénero; bigénero; andrógino, e intersexo no binario o intersexual–, aprender que la diversidad es lo que nos enriquece como comunidad y entender que es un valor que está reconocido en la Constitución mexicana, lo cual es necesario para la vida en comunidad.

Se mostró confiado en que el respeto a la Constitución sea el motor que mueva la función pública, la actividad del Estado, y que las personas puedan caminar por la calle y se sientan seguras del respeto a sus derechos.

Durante la charla, Ruiz Ramírez abordó temas como sexo, género, identidad de género y derechos a la igualdad y a la no discriminación, y se reconoció que si a la mujer se le ha considerado inferior a quien tiene una condición  sexual o de género diferente “le va peor”.

Ruiz Ramírez externó que aunque vivimos en una sociedad donde los culturalmente aceptado es ser heterosexual ante la ley todos somos iguales, y por tanto, si alguien comete un delito, como Estado se le debe aplicar la ley, simple y llanamente. “Es decir, como juzgador no puedo negarle derechos a la persona por ser calva, negra u homosexual”, finalizó al demandar respeto irrestricto a la Constitución, “como se defienden los reglamentos de los clubes privados”.