El hecho de no portar licencia o la ausencia de algún documento para conducir un automóvil o motocicleta no es motivo para que la autoridad de tránsito retire la unidad o instruya su traslado a un retén, precisó el director de la Policía Estatal de Caminos (PEC), Martín Nieto Domínguez.
Reconoció que estas prácticas se presentan, sobre todo en puntos de revisión conocidos como retenes; sin embargo, el funcionario sostuvo que, ante la ausencia o vencimiento de documentos, lo que procede es la aplicación de una infracción.
Aseguró que, como responsable de la corporación de tránsito, no ha instruido aplicar esta medida y que ha pedido a los elementos de la PEC cumplir correctamente el reglamento.
“Yo no apruebo esa parte, tampoco lo permito. Tenemos que aplicar bien el reglamento, y lo que procede es la aplicación de una infracción que señale la falta de algún documento o que no esté vigente. Despojar a alguien de un vehículo por no tener licencia o tarjeta de circulación no procede. No debe permitirse que los elementos vayan más allá de lo que dice el reglamento.